viernes, 15 de marzo de 2013

¿Cómo se procede ante un delito adolescente?

Como todos sabréis, la justicia y la forma de afrontar temas como la delincuencia, las drogas o la violencia, no es la misma frente a un menor de edad, que frente a un adolescente mayor de 18 años. Así pues, a continuación explicaré de forma sencilla algunas de las diferencias y semejanzas que podemos encontrar a nivel general.
En principio, cuando el autor del delito es un menor de edad, el fiscal debe comprobar, al igual que con los adultos, que el menor tuvo una intención al cometer el delito. Sea cual sea la edad, el adolescente puede presentar argumentos y defensas válidas y puede alegar que no tiene responsabilidad debido a algún problema de salud mental. 
A diferencia de un mayor de edad, el menor no puede pasar detenido más de 24 horas. En 48 horas máximo, el menor deberá ser puesto a disposición del Ministerio Fiscal, que debe decidir si le deja en libertad o si pide medidas al Juez de Menores.
Normalmente, a los menores se les imponen medidas de seguridad en función a la edad y sus circunstancias personales, para que sean la más convenientes para su educación y su formación. Además, cuando se acusa a un menor de violencia, los estados generalmente mantienen la jurisdicción sobre el joven hasta los 18 o 21 años.
Respecto al tema del bullyng en las aulas, lo más común es que se comunique al Jefe de Estudios o a la Asociación de Padres y Madres. Si el problema continúa, es cuando se procede a poner una denuncia al acosador, en la policía o en el Juzgado.
La problemática de las drogas en los menores sólo está penada si se trafica con ellas. Si se trata de consumo interno de drogas, se considera una enfermedad o adicción.

Julia Noriega 

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