Como todos sabréis, la justicia y la forma de afrontar temas como la delincuencia, las drogas o la violencia, no es la misma frente a un menor de edad, que frente a un adolescente
mayor de 18 años. Así pues, a continuación explicaré de forma sencilla algunas
de las diferencias y semejanzas que podemos encontrar a nivel general.
En principio, cuando el autor del delito es un menor de
edad, el fiscal debe comprobar, al igual que con los adultos, que el menor tuvo
una intención al cometer el delito. Sea cual sea la edad, el adolescente puede
presentar argumentos y defensas válidas y puede alegar que no tiene
responsabilidad debido a algún
problema de salud mental.
A diferencia de un mayor de edad, el menor no
puede pasar detenido más de 24 horas. En 48 horas máximo, el menor deberá ser puesto a disposición del Ministerio Fiscal, que debe decidir si
le deja en libertad o si pide medidas al Juez de Menores.
Normalmente, a los menores se les imponen medidas de
seguridad en función a la edad y sus circunstancias personales, para que sean la
más convenientes para su educación y su formación. Además, cuando se acusa a un menor de violencia, los
estados generalmente mantienen la jurisdicción sobre el joven hasta los 18 o 21
años.
Respecto al tema del bullyng en las aulas, lo
más común es que se comunique al Jefe de Estudios o a la Asociación de Padres y Madres. Si el problema
continúa, es cuando se procede a poner una denuncia al acosador, en la policía
o en el Juzgado.
La problemática de las drogas en los menores
sólo está penada si se trafica con ellas. Si se trata de consumo interno de
drogas, se considera una enfermedad o adicción.Julia Noriega
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